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sábado, 28 de junio de 2014

Universitarios estafados, por Martha Meier Miró Quesada

Universitarios estafados, por Martha Meier Miró Quesada

"La estafa al universitario –y a su profesor que también pasó por la universidad– empieza en el vientre materno."

Universitarios estafados, por Martha Meier Miró Quesada
Martha Meier Miró Quesada
  • Martha Meier Miró Quesada
  • Editora central
Se aprobó la controvertida ley universitaria impulsada por el congresista Daniel Mora y que intenta mejorar la calidad educativa peruana. Las cosas, sin embargo, no son tan simples, pues el asunto tiene más que ver con la buena nutrición y los primeros años de vida, que con los profesores de los adolescentes.
En cierta manera los estudiantes han venido siendo estafados por instituciones que les otorgan un título, aunque no les brinden las habilidades para competir y abrirse paso en el exigente mundo laboral (menos aun para ser exitosos).
La norma peca de ingenua y, entre otras cosas, dice que los profesores universitarios deben contar con una maestría (como si las ofertadas por el mercado educativo –con honrosas excepciones– fueran exigentes y garantía de poder transmitir conocimientos). EnFinlandia –por citar un ejemplo– para ser profesor escolar, sí escolar, debe contarse con un doctorado en la materia que se dicta. Pero claro ese es otro país.
Aquí y con esta ley el Congreso ha mostrado el “poquitismo” propio de una institución devaluada cuyos únicos requisitos para integrarla son: tener huella digital y DNI, y ganar pocos miles de votos. No es necesario saber leer, escribir ni hablar castellano (inclusión y democracia que le dicen). Pero volvamos al tema.  
La gran estafa empieza mucho antes que una niña o un niño peruano sepan cuál es su vocación; antes aun de pisar la escuela. La estafa al universitario –y a su profesor que también pasó por la universidad– empieza en el vientre materno.
Todo es cuestión de oportunidades, y no todos las tienen. Muchas mujeres pasan el embarazo malnutridas, anémicas y sin cumplir los controles prenatales, y los niños por nacer son afectados (el cerebro es altamente sensible a la falta de nutrientes, especialmente en el último trimestre). La malnutrición de la embarazada compromete el futuro del pequeño y a la sociedad.
Se sabe que los primeros años son fundamentales para el desarrollo de las conexiones neuronales. Al cumplir el año, el cerebro de un niño sano y bien alimentado ha desarrollado ya el 70% de su potencial. La desnutrición afecta sus neuronas e impide el apropiado desarrollo de las sinapsis (sus interconexiones); es un freno para el desarrollo psicomotor, dejándolos en seria desventaja.
No todos los pequeños tienen acceso a una buena dieta y un alto porcentaje de menores de 3 años padece de anemia. Ni los padres ni el entorno pueden brindar los estímulos afectivos y psicomotores que requieren estos pequeños para recuperarse.
Los más pobres irán a colegios donde los profesores no saben cómo dictar una clase, y si lo saben no cuentan con los medios materiales para hacerlo. Más de una vez los programas televisivos muestran a jóvenes universitarios que no reconocen una fotografía del poeta César Vallejo o del heroico Miguel Grau, que no saben distinguir por nombre al libertador don José de San Martín del santo Martín de Porres. Esas cosas se aprenden en el colegio. ¿Cómo sin esas nociones básicas ingresaron a la universidad?
La ley universitaria aprobada es otra gran estafa para los universitarios. Mientras no se nutran los cerebros en formación, no habrá ley que mejore la educación en nuestro país.

Contra la reforma de papel, por Federico Salazar

Contra la reforma de papel, por Federico Salazar

Nuestro columnista cuestiona la nueva ley universitaria: "La calidad de la enseñanza no tiene que ver con los grados"



Contra la reforma de papel, por Federico Salazar
"La mejor garantía de calidad es el buen nombre de las instituciones",
 señala Federico Salazar .(Foto: Archivo El Comercio)



Federico Salazar

  • Federico Salazar
  • Periodista
No se puede criticar a la mayoría del Congreso por querer poner orden en el tema de la educación universitaria. Tampoco se puede, sin embargo, dejar pasar los errores a los que nos llevará una ley mal concebida.
La ley recientemente aprobada es ilusa. Quiere mejorar la calidad académica de las universidades. Exige para ello que los docentes tengan, por lo menos, una maestría.
La ley colisiona en este caso con la Constitución. Esta dice que cada universidad es autónoma en su régimen académico. El régimen académico debe provenir, claramente, de las autoridades universitarias. No debe provenir de la legislación.
Hay una creencia en el poder de la legislación. La ley, sin embargo, no va a determinar la calidad educativa.
¡Pero solo enseñarán profesores con maestría!, se dirá. Como si el problema de la enseñanza universitaria fuera el papel que cuelga en la pared.
El grado de doctor que ostenta ¿califica como profesor al rector de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega? ¿En qué está calificado con su grado? ¿En enseñar cómo sacar millones de soles en el sueldo?
El doctorado en educación que ostenta el ingeniero César Acuña Peralta ¿mejora la calidad de su español? O ante cada error de concordancia que comete, ¿debe sacar a relucir su papel de estudios doctorales y posdoctorales?
La calidad de la enseñanza no tiene que ver con los grados. La investigación y los aportes al conocimiento sí pueden reflejar el nivel académico de una comunidad universitaria, pero no califican, tampoco, a todos los docentes.
La mejor garantía de calidad es el buen nombre de las instituciones. Si las universidades se sostuvieran en el mercado solo por su buen nombre, tendríamos información genuina sobre lo que ofrecen.
La gran distorsión en este esquema es la facultad que tienen las universidades de dar títulos a “nombre de la nación”. Como si el Estado pudiera representar a “la nación”. Y como si eso se pudiera transferir a las entidades educativas.
Si las universidades dependieran solo de su “marca”, se haría muy evidente la diferencia de la calidad educativa en la oferta universitaria. Las empresas que contratan a los egresados tendrían que afinar su capacidad de cazar talentos.
Otra distorsión en este mismo sentido es la de la administración pública como empleador. La selección y contratación difícilmente se hace por distinción de las capacidades o la eficiencia y preparación. El procedimiento depende, en ese caso, de los papeles, los grados, cursos y diplomados.
Tal situación solo se resolverá cuando el sector público equipare sus niveles remunerativos y de eficiencia con el sector privado. Eso solo se conseguirá si se avanza en mejorar la eficiencia de la gestión pública.
Mientras la administración estatal sea una fuente muy grande de empleo, no dejaremos de depender del papeleo. Y mientras el papeleo sirva para conseguir un puesto, continuará siendo mayor la demanda por el título que la demanda por la formación.
No estamos en vías de una solución.


García: ley universitaria es un crimen del chavismo humalista


García: ley universitaria es un crimen del chavismo humalista

Según el ex presidente, la norma aprobada el jueves atenta "contra la universidad y el libre pensamiento"


García: ley universitaria es un crimen del chavismo humalista
Ex presidente afirmó que esta ley forma parte de "un modelo chavista".(Foto: Archivo El Comercio)
El ex presidente Alan García se sumó hoy a las diferentes voces que critican la nueva ley universitaria, aprobada el jueves último en el pleno del Congreso. Según el líder aprista, esta norma transgrede el libre pensamiento y la autonomía de las universidades.  
"El chavismo humalista comete un crimen contra la universidad y el libre pensamiento", escribió García Pérez en su cuenta de Twitter. Asimismo, dejó entrever que en un nuevo gobierno esta ley sería derogada. "Las democracia restituirá esos derechos", anotó. 
En otro tuit, el ex mandatario indicó que tanto la ley del servicio militar como la universitaria y las "agresiones" del gobierno nacionalista a la prensa "son partes del modelo chavista mientras la economía se frena".

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Conozca los 10 principales cambios de la Nueva Ley Universitaria

Con 56 votos a favor, 46 en contra y 3 abstenciones, ayer el pleno del Congreso de la República aprobó el proyecto de la Nueva Ley Universitaria, donde el presidente de la Comisión de Educación, Daniel Mora, tuvo que retroceder en varios aspectos para lograr la aprobación. De esta manera quedará derogada la Ley Universitaria Nro. 23733, pero la Ley no es retroactiva significa que regirá para los nuevos ingresantes y la implementación completa se verán en 5 años. A continuación de las principales modificaciones.

1.- ADIÓS A LA ANR
Con la actual Ley 23733, el máximo organismo que regula las universidades es la Asamblea Nacional de Rectores (ANR); pero con la nueva Ley desaparece la ANR para ser reemplazado por la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (SUNEDU), que lo integrarán 7 miembros y tendrá 17 atribuciones. La SUNEDU estará adscrita al Ministerio de Educación para su supervisión.
La SUNEDU autorizará el otorgamiento de licencias de funcionamiento (licenciamiento) que hasta ahora lo realizaba el Consejo Nacional para el Funcionamiento y Acreditación de Universidades (CONAFU) que desaparecerá. Asimismo, tendrá la función de fiscalizar la inversión de recursos públicos y proponer al MINEDU para que éste apruebe las políticas de su gestión.
La elección de los 7 miembros del consejo directivo de la SUNEDU, estarán a cargo del Consejo Nacional de Educación (CNE). Los miembros ingresarán por concurso público (02 representantes de universidades públicas, 01 de universidades privadas y 02 ciudadanos con grado de doctor), los otros 2 lo integrarán 01 representante de CONCYTEC y el superintendente (quien lo presidirá) será designado por el MINEDU (cargo de confianza).
2.- VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN
La Nueva Ley dispone la eliminación del vicerrectorado administrativo para reemplazar en su lugar con el vicerrectorado de investigación, esto para darle mayor impulso a la investigación. La norma determina la creación de la “gerencia administrativa y profesional” para que cumpla las funciones del vicerrector administrativo.
3.- CATEDRÁTICOS A DEDICACIÓN COMPLETA
La nueva Ley, también precisa que el 25% de los profesores de cada universidad deberán ejercer su trabajo a tiempo completo, y los catedráticos que realicen investigaciones deberán ser remunerados en 50% más, respecto a sus ingresos totales.
4.- ADIÓS NOMBRAMIENTO ETERNO
El nombramiento de docentes con esta Nueva Ley Universitaria dejará de ser eterno, pues será solo de 3 años para los profesores auxiliares, de 5 para los asociados y de 7 para los principales. Al vencimiento de dicho periodo, los profesores serán ratificados, promovidos o separados de la docencia, previa evaluación. Para ser docente se debe tener mínimo grado de magister.
5.- ACREDITACIÓN VOLUNTARIA
Con el ingreso de la Nueva Ley Universitaria, la acreditación pasó a ser voluntaria tanto para las universidades públicas como privadas, teniendo un retroceso el proyecto de ley planteado inicialmente por Mora, pues las universidades momentáneamente se libraron de la amenaza de cierre y clausura; sin embargo, para algunas carreras la acreditación será obligatoria pero no para toda la universidad y Daniel Mora advirtió que habrá una reevaluación de las universidades existentes y se les dará plazos para que incrementen su calidad “y si no cumplen con esos plazos, serán cerradas”.
6.- VOTO UNIVERSAL A MEDIAS
En tanto, sobre la elección de las autoridades universitarias, la Ley 23733 establece elecciones universales tanto en las universidades públicas como privadas. Con la Nueva Ley, solamente las autoridades universitarias de las universidades públicas se someterán a elecciones universales, en cambio las privadas no, se regirán en sus propios estatutos; es decir, la Ley es más flexible para las universidades privadas. En universidades públicas, el rector y los dos vicerrectores, serán elegidos por votación universal y deberán presentarse en lista única, debiendo obtener más del 50 % de los votos ponderados de los estudiantes y docentes.
7.- ADIÓS BACHILLER AUTOMÁTICO
Otra regulación de la Nueva Ley Universitaria en relación a la actual Ley Nro. 23733 es que a partir de la fecha de la publicación de la ley, los egresados de una universidad pública o privada deberán obtener su bachiller presentando un trabajo de investigación (tesina) que deberán iniciar a partir del último ciclo. Se eliminó la obtención de bachiller automático, ahora es obligatoria la sustentación de la tesina.
8.- IDIOMA EXTRANJERO OBLIGATORIO
Un aspecto que ya se venía discutiendo desde hace buen tiempo es que los egresados para la obtención del bachiller deberán acreditar (presentar certificados de estudio) a la universidad pública o privada donde concluyeron sus estudios de pregrado, el dominio de idioma nativo o extranjero de preferencia inglés.
9.- TITULACIÓN EN LA MISMA UNIVERSIDAD
Con la Ley 23733, los estudiantes que concluían sus estudios de pregrado en una universidad pública o privada podían elegir cualquier universidad del país para poder obtener su título profesional; con la Nueva Ley Universitaria, los bachilleres solo podrán obtener su grado de licenciatura en la universidad donde concluyeron sus estudios de pre grado.
10.- LICENCIATURA SIN TESIS
La obtención del grado de licenciado continúa con la misma modalidad, pues no hay diferencia entre la Ley 23733 y la Nueva Ley Universitaria, pues en ambas, los bachilleres deberán presentar obligatoriamente una tesis de investigación, pero también pueden presentar un trabajo de suficiencia profesional u otra modalidad que la universidad establezca, como los de actualización.
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Nueva Ley Universitaria: estos son los cambios más importantes del proyecto aprobado

Nueva Ley Universitaria: estos son los cambios más importantes del proyecto aprobado

Ley Universitaria ya está aprobada y espera su promulgación.
Ley Universitaria ya está aprobada y espera su promulgación.
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Mora tuvo que dar algunos pasos atrás para obtener la mayoría en el Congreso. Por ejemplo, la acreditación seguirá siendo voluntaria y ya no obligatoria como lo propuso inicialmente. La ley no es retroactiva, es decir, no afecta a los actuales alumnos.
Rider Bendezú
@RiderBendezu
Luego de meses de discusión e idas y vueltas, el Pleno del Congreso de la República aprobó el proyecto de la nueva ley universitaria que se presenta como una reforma en la educación superior.
Sin embargo, para su aprobación,  Daniel Mora, presidente de la Comisión de Educación, tuvo que dar pasos atrás, como dejar de lado su Suneu por el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo referido al segundo capítulo.
A pesar de ser resistida, el texto establece la creación de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) en reemplazo de laAsamblea Nacional de Rectores  (ANR) apenas se instale.
SUPERINTENDENCIA
Tras pasar de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Suneu), esta nueva Sunedu será el órgano operador del sistema educativo universitario, aunque, como ha sido criticada en todo este tiempo, estará adscrita al Ministerio de Educación.
Siete serán los integrantes del consejo directivo, de los cuales cinco serán elegidos por concurso público nacional, mientras que uno representará al Ministerio de Educación y otro al Concytec.
El Ministerio de Educación será encargado de convocar el concurso público para la elección de los otros cinco integrantes del consejo. Sin embargo, de estos cinco, dos provendrán de las universidades nacionales y uno de las privadas.
En tanto, el Consejo Nacional de la Educación (CNE) será la institución que evalúe a estos candidatos, incluidos a los dos puestos restantes.
Mora Zevallos fue enfático al afirmar que, pese a estar adscrita al Ministerio de Educación, la Sunedu no viola la autonomía universitaria. Explicó que esta institución contará con autonomía administrativa y presupuestal.
ELIMINACIÓN DE BACHILLER AUTOMÁTICO
Una de las grandes modificaciones del dictamen son los nuevos requisitos para la obtención del grado de bachiller. Es así que los estudiantes de pregrado que culminen satisfactoriamente sus cursos y créditos ya no podrán tener el grado con un solo trámite administrativo.
La ley, que espera ser promulgada por el Poder Ejecutivo, plantea que el universitario presente y sustente un trabajo de investigación, a modo de tesina, el cual sería desarrollado desde el último ciclo con el curso de tesis.
Sin embargo, es importarte recalcar que este trabajo no es una tesis.  Además, el estudiante debe sustentar el conocimiento de un idioma extranjero, siendo de preferencia el inglés, o una lengua nativa.
Cabe indicar que la ley no es retroactiva, es decir, no afecta a los estudiantes de los últimos ciclos, sino a aquellos que ingresen a la universidad luego de la eventual promulgación del dictamen.
TITULACIÓN PROFESIONAL
En el caso de la obtención del título profesional de licenciado, el texto indica que el aspirante deberá ser bachiller obligatoriamente y presentar una tesis de investigación, además de otros requisitos administrativos.
Es decir, sí se diferencia con el requisito del bachiller en lo que prefiere a la tesis de investigación. Dicho de otra manera, el estudiante deberá presentar un trabajo para el bachiller y una tesis para el título.
Sin embargo, el requisito de la tesis es alternativo, pudiendo el bachiller presentar un trabajo de suficiencia profesional u otra modalidad que la universidad establezca como lo son en la actualidad los cursos de actualización profesional.
Un artículo importante es el que indica que el título profesional solo se podrá obtener en la universidad en donde el estudiante culminó sus créditos, dando por concluida aquella práctica en la que el alumno consigue la licenciatura en una universidad distinta.
ELECCIÓN UNIVERSAL A MEDIAS
Otro de los retrocesos del proyecto de ley es la elección de las autoridades universitarias. Inicialmente, esta sería universal en todas. Sin embargo, ahora solo en las nacionales participarán de la votación los estudiantes.
En el caso de las universidades privadas, serán sus propios estatutos los que determinen el modo en que se elegirán a sus rectores y vicerrectores, pudiendo ser estos reelegidos, muy diferente a lo que se fija para las públicas.
El candidato a rector debe ser, obligatoriamente, doctor y no debe haber sido condena por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada. Tampoco puede estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.
Rector y los dos vicerrectores, en universidades públicas, serán elegidos por votación universal y deberán presentarse en lista única, debiendo obtener más del 50 % de los votos  ponderados de los estudiantes y docentes. En caso ninguna lista obtenga la mayoría de votos, se pasará a una segunda vuelta entre las dos planchas con mayor votación.
ACREDITACIÓN DE LAS UNIVERSIDADES
Otro de los retrocesos de Mora en su dictamen original es la acreditación que pasó de ser  de obligatoria a voluntaria.
Inicialmente, se detallaba que el Sineace se encargaría de este proceso, pudiendo solo las universidades acreditadas por esta institución entregar títulos a nombre de la Nación. Sin embargo, el titular de la Comisión de Educación terminó por ceder a las presiones de otros congresistas a cambio del apoyo al resto el proyecto.
Es así que el proyecto ya no habla de requisitos o condicionamientos a las universidades, sino de beneficios para aquellas que obtengan su certificación y acreditación.
Tan solo algunas carreras tendrán la acreditación obligatoria como requisito, pero las otras recibirán beneficios tributarios en la reinversión si es que obtienen esta certificación.

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